REVOLVING, BUENAS NOTICIAS PARA EL CONSUMIDOR!



Volvemos a la carga contra los abusos bancarios, en esta ocasión le llega el momento a las llamadas "Tarjetas Revolving", son las tan conocidas tarjetas de crédito al consumo que nos dan tan alegremente en los pasillos de los centros comerciales (Wizink, Cetelem, Cofidis, Carrefour...).

Estas tarjetas, tienen sus cosas buenas, que nos permiten tener crédito rápido, sin que haya grandes exigencias económicas ni garantía de algún tipo; pero, también tiene sus cosas malas (y bastante malas) y es que el interés que se aplica es excesivamente alto, normalmente por encima del 20% anual) y que además los propios intereses y comisiones que se van devengando se "capitalizan", ¿que quiere decir esto? pues muy sencillo, que se suman al saldo dispuesto como si de una compra se hubiese tratado, y esto, que parece inofensivo en principio al permitirnos cuotas muy bajas, en realidad lo que conlleva es un aumento exponencial y desorbitado de los intereses, ya que los intereses ya generados en cuotas anteriores generan a su vez nuevos intereses, al tratarse como un "saldo dispuesto".

Saltándome todo el toston del funcionamiento de estas tarjetas, el Tribunal Supremo en Sentencia que ha sido publica el pasado 4 de marzo de 2020 (STS 149/2020), ha declarado nulo el tipo de interés de aplicación (en el supuesto de la STS algo mas del 27% anual).

Confirma el TS una brillante Sentencia de la AP de Santander, en la que ya se determinaba la nulidad del contrato de tarjeta, por tratarse de un interés usurario, y ello porque al encontrarse el tipo medio oficial de este tipo de prestamos cercano al 20% anual, no es proporcionado y por tanto debe tratarse como usurario, cualquier tipo que se encuentra algo por encima del la media oficial, que ya es en si bastante alta.

Pero no solo todo esto, sino que en el caso de tratarse de consumidores, también podríamos entrar en el control de transparencia de las Condiciones Generales de la Contratación (que tanto nos suenan ya) ya que poca claridad y muchas nubes hay en la explicación que se da al consumidor sobre estas famosas tarjetas y su "plan de intereses".

En definitiva, un nuevo golpe a la banca Española, que aunque tendremos que ir viendo el desarrollo de cada uno de los jueces y tribunales (el TS trata un caso concreto) se ha sentado una base muy importante que sin duda espero favorezca al consumidor, excesivamente castigado por estos productos.

No dudes en contactar con especialistas para estudiar tu caso (andres@carrenoabogados.es)



Comentarios